
CAAZAPÁ. La Comisión Disciplinaria de la Federación de Fútbol del Sexto Departamento resolvió rechazar el recurso de apelación presentado por representantes del Club 16 de Agosto y confirmó en todos sus términos la Resolución N.º 01, emitida el 27 de julio de 2026 por la Comisión Disciplinaria de la Liga Caazapeña de Fútbol.
En la resolución, el organismo disciplinario señala que, tras analizar los antecedentes del caso y las pruebas incorporadas al expediente, no encontró elementos que demuestren una violación reglamentaria que justifique modificar la decisión adoptada en primera instancia.
El documento sostiene que durante la definición por penales existió un intercambio de posiciones entre jugadores que ya se encontraban habilitados para la ejecución de los remates, con conocimiento y autorización del árbitro. En ese sentido, la Comisión concluyó que la situación no constituyó una sustitución de jugadores, sino un cambio de funciones entre futbolistas que permanecían en el campo de juego, por lo que no se configuró una infracción al reglamento.
Asimismo, la resolución indica que la actuación observada no implica pérdida de puntos, al no encuadrarse dentro de las causales previstas en el artículo 133 del Reglamento de la Unión del Fútbol del Interior (UFI).

La Comisión Disciplinaria también manifestó que no encontró vicios o irregularidades en el procedimiento realizado por la instancia inferior, motivo por el cual resolvió mantener íntegramente la decisión recurrida.
En la parte resolutiva, el órgano disciplinario declaró su competencia para entender en el caso, admitió formalmente el recurso de apelación interpuesto por Héctor Ariel González y Juan Carlos González, en representación del Club 16 de Agosto, pero finalmente confirmó la Resolución N.º 01 de la Liga Caazapeña de Fútbol, imponiendo además las costas del proceso al recurrente.







